“...Sobre dicha denuncia, la Cámara establece que los argumentos que sustentan la impugnación, la entidad recurrente formula básicamente su planteamiento invocando violación a sus derechos; sin embargo, no expone con argumentos congruentes con el submotivo que invoca, las razones por las cuáles estima infringidas dichas normas, únicamente expresa su inconformidad con la resolución impugnada porque considera que se violaron flagrantemente los relacionados principios constitucionales, así como los otros derechos que garantiza la constitución, y no formula una tesis pertinente para la sustentación del submotivo que plantea...”